miércoles, 10 de octubre de 2012

DERECHO, JUSTICIA Y VIOLENCIA. EDUARDO NOVOA MONREAL. Revista mensaje nº 174, santiago de chile. Noviembre 1968.


Contingente ahora que se vienen las elecciones...

VIOLENCIA VERSUS VÍA ELECTORAL

Todo interesado en mantener el "status" social reprueba el empleo de la violencia como medio para lograr cambios o refor¬mas sociales. Cuando manifiesta sustentar principios democrá¬ticos, ofrece una vía expedita a la que podrían recurrir lícita¬mente los ansiosos de renovación: la vía electoral. Si es cierto que los que quieren cambios en la organización social forman mayoría -dicen- tienen expedito un procedimiento legal para lograrlos, a través de la elección de gobernantes-y representan¬tes populares dispuestos a llevarlos a cabo.

La posición pareciera impecable y de una elegancia propia del más refinado espíritu cívico. Hay una regla de juego abierta a todos, y a ella es preciso que todos se sometan. Mediante ella puede alcanzarse cualquier cambio social siempre que se com¬pruebe realmente, conforme a procedimientos pacíficos y regla¬dos por la ley, y que dan garantías a todos por igual, que hay una mayoría que quiere tales cambios.

La violencia contra el régimen político, contra el sistema económico o contra la organización social es, para estas personas, un medio ilícito, atentatorio contra la expresión de la voluntad mayoritaria de los ciudadanos; por consiguiente, las leyes deben perseguirla y sancionarla severamente.

En la legislación nacional estas ideas tienen plena cabida. La Ley de Seguridad Interior del Estado del año 1958 desarrolla los preceptos del antiguo Código Penal, más escuetos y sobrios, prohibiendo no solamente las acciones violentas que tiendan al trastorno institucional, sino aun las manifestaciones de ideas que puedan ser tenidas como manera de difundir, defender o alabar doctrinas, sistemas o métodos que tiendan a lograr cambios o reformas políticas, económicas o sociales por medio de la violencia. Tan enérgica es la censura que la ley formula en contra de la violencia política o social, que la asimila al crimen, que es la más grave de las categorías delictuales previstas en la ley.

El propósito del legislador aparece claro: un régimen jurídico basado en los principios republicanos y democráticos repre¬sentativos repugna que alguien pretenda alterar el sistema sin someterse a los medios que tal régimen preconiza como los únicos válidos, o sea, las decisiones mayoritarias adoptadas por representantes populares elegidos conforme a un sistema elec¬toral de representación proporcional de opiniones y partidos.

LA SINCERIDAD DEMOCRÁTICA


Los impugnadores de la organización política, social y eco¬nómica que nos rige manifiestan desconfianza, y a veces hasta rechazo absoluto, por la vía electoral. Y esgrimen varias razo¬nes, entre ellas, la de que la organización existente cuenta con resortes ocultos que impiden que se haga realidad por vías legales la transformación profunda que es necesaria. La igno¬rancia y la enajenación en que son mantenidos extensos secto¬res del pueblo, que les impiden tomar cabal conciencia de su situación y de la manera de superarla; la organizada labor de condicionamiento psicológico y de propaganda que se lleva a cabo por medios masivos de publicidad a favor del sistema; el ofreci¬miento de pequeños beneficios inmediatos que tienden a con¬quistar engañosamente voluntades para mantener el sojuzga-miento de los desposeídos, y una estructura legal cuidadosamen¬te armada y dispuesta para inmovilizar cualquier tentativa de auténticos cambios, figuran ciertamente entre ellos. Pero fun¬damentalmente se afirma que las elecciones democráticas, como vía posible, son un mito que los hechos se encargan de poner al descubierto como tal. En efecto, cada vez que las fuerzas populares resueltas a una transformación de las estructuras sociales llegan al poder usando las vías legales, los mismos que procla¬man fervorosamente las ventajas y libertades del régimen de¬mocrático, se valen de procedimientos no legales para desconocer la voluntad popular mayoritaria. Y para no andarse con largos rodeos o recurrir a eufemismos, espetan de inmediato los casos, entre muchos otros que podrían mencionarse, de Juan Bosch en Santo Domingo y de Joao Goulart en Brasil, no sin agregar que ambos estaban bien distantes de constituir gobiernos verdadera¬mente revolucionarios, con un claro propósito de cambios radi¬cales y profundos.

Agregan, además, que aun en Chile, durante las dos últimas elecciones presidenciales se especuló bastante con las conse¬cuencias que para el país podría tener el triunfo de un candidato de izquierda, haciéndose insinuaciones sobre la posibilidad de intervención armada de otros países, especialmente de los Es¬tados Unidos, precisamente por los que pregonan la exclusiva utilización de las vías electorales.
Está claro, en consecuencia, que desde esta posición se cuestiona no solamente la justicia del régimen político, econó¬mico y social que rige en el país, sino también la sinceridad de los principios que proponen los sostenedores de éste.


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