sábado, 8 de septiembre de 2012

Otro montaje del sistema: el caso del compa Juan Tapia (su historia y un video)

http://metiendoruido.com/2012/09/otro-montaje-del-sistema-el-caso-del-compa-juan-tapia-su-historia-y-un-video/


Juan Carlos Tapia estudia Ingeniería electrónica en la Pucv. Tiene 21 años y una pasividad envidiable para sus circunstancias, él dice que es porque hoy se siente apoyado por mucha gente. El “gato”, es de esas personas “livianitas de sangre”, con las que no es necesario entablar una relación muy profunda para simpatizar. Es por eso que queremos difundir esta historia.

El 27 de febrero, con motivo de un meeting que se realizó en apoyo a Aysén, Juan fue detenido sin mediar provocación alguna por carabineros de fuerzas especiales. Al intentar zafarse, se produce un forcejeo donde cae al piso y comienza a ser golpeado. Juan abraza la rueda del furgón policial y continúa defendiéndose de cinco efectivos que lo rodean. En dicho forcejeo, una mujer carabinero cae sobre él. Finalmente logran a rastras meterlo dentro del vehículo y lo trasladan a la segunda comisaría de carabineros. Hasta ahí nada nuevo, en cada marcha y manifestación somos testigos de que los funcionarios del “orden” ejercen fuerza desmedida contra estudiantes, mujeres y niños.
Al llegar a la comisaría, un carabinero (cámara en mano), ve un supuesto video y lo señala acusándolo de haber lesionado gravemente a una funcionaria… ¿Será la que cayó sobre él? Ya retomaremos esa parte, sigamos. Juan es llevado a constatar lesiones (aunque los golpes siempre llegan después de ese trámite), pasa a control de detención a la espera de la formalización de su caso, debiendo dormir esa noche en el calabozo, junto con al menos seis personas detenidas por diversos delitos menores.
Al día siguiente es trasladado con los otros imputados al juzgado de garantía de Valparaíso, allí es formalizado por la ley 20.064 (maltrato de obra a carabinero con resultado de lesiones graves): qué fue lo que pasó?. Según la declaración que apareció en la radio Bío bío el 28 de febrero (un día después del incidente), el mayor Max Jiménez de la segunda comisaría de carabineros de Valparaíso explica el hecho de la siguiente forma: “(…) al momento que se procedía a la detención de uno de los individuos, forcejeó con ella e INTENCIONALMENTE se afirmó con sus manos en su tobillo y le fracturó el tobillo derecho”. La nota culmina con que la funcionaria se encontraba en el hospital naval y estaría imposibilitada de trabajar por al menos un mes.
Juan es formalizado y la fiscalía da un plazo de 90 días para reunir los antecedentes necesarios, luego se extiende el plazo por 90 días más, por lo que seis meses más tarde (13 de agosto), se cierra la investigación donde se presenta una acusación formal contra el joven en el juzgado, la que deriva en una audiencia preparatoria fijada para el 21 de septiembre próximo, con una audiencia de juicio posterior. La acusación: fiscalía está pidiendo ni más ni menos que 4 años de prisión para Juan.
Analicemos ahora el hecho según su lógica:
- Una persona que es abatida en el suelo y que con suerte logra protegerse de los golpes saca fuerzas sobrehumanas para realizar una llave, fracturándole el tobillo a una carabinero de fuerzas especiales, que posee un equipamiento completo para que eso no suceda (protecciones en los tobillos y bototos).
- Dicha lesión, que ni siquiera provoca un aullido o gemido audible de la funcionaria, (aunque según tengo entendido debió provocar un dolor agudísimo), hace que sea derivada al Hospital Naval, donde se le diagnostica una fractura de tobillo grave que imposibilita a la funcionaria a trabajar durante un mes.
- En síntesis, según dicta el articulo 416 bis del código de justicia militar Juan se encontraría acusado por el siguiente delito a condenar:
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“Artículo 416 bis.- El que hiriere, golpeare o maltratare de obra a un carabinero que se encontrare en el ejercicio de sus funciones, será castigado:
2º. Con presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo, si las lesiones produjeren al ofendido enfermedad o incapacidad para el trabajo por más de treinta días.
Según nuestra lógica, esto no podría ser más que otro MONTAJE de carabineros y fiscalía, donde se replican casos como el de Pedro Quezada (UPLA), y del compañero de la PUCV Gabriel Ramos. A diferencia de los casos anteriores, ya no hay forma de que se desista de la acusación, por lo que Juan sólo puede cruzar los dedos para que el juez no lo condene a 4 años de prisión. Además de destruir su carrera universitaria, una condena así destruiría su vida y la de su familia, sin contar que sus antecedentes quedarían manchados para siempre.
Quienes conocen a Juan saben que él no pudo haber cometido dicha agresión contra otra persona intencionalmente, menos desde el piso y siendo atacado paralelamente. Pero quienes no lo conocen no tienen idea, pero sabrán lo que significa perder 4 años de su vida por una mentira, una injusticia que sólo busca perjudicar a una persona inocente, con la pretensión de propiciar leyes que criminalicen la protesta social y el libre derecho a luchar por lo que se considera justo. Casos hay para regodearse.
Esta historia no va a aparecer en ningún noticiero de la tele ni en ningún diario, si tú consideras que esto es una injusticia, difunde, digamos NO AL MONTAJE CONTRA JUAN TAPIA, no más criminalización a la protesta social, no más mentiras, no más represión de carabineros, no más miedo, que sólo el pueblo defiende al pueblo!.

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